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Actualidad · Entrevista

"Hay que cambiar el concepto de pueblo como destino de vacaciones"

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Mario Sierra, soldador y fundador de Rural Metal

Mario Sierra es soldador y fundador de Rural Metal. El 9 de mayo participará en Aras de los Olmos en el evento empresarial Focus Pyme y Emprendimiento Emprender en el rural. Larga vida al (nuevo)...

Centro Europeo de Empresas e Innovación de Valencia

Agenda · Webinar

Conoce Órbita y resuelve dudas con el equipo directivo

Conoce Órbita y resuelve dudas con el equipo directivo 

El jueves, 02 de mayo de 2024

¿Quieres saber cómo es participar en la aceleradora Órbita?   En esta sesión explicamos cómo Órbita puede ayudar a tu startup, pero sobre todo es una sesión interactiva para que las startups...

Centro Europeo de Empresas e Innovación de Castellón (CEEI Castellón)

Agenda · Webinar

Cómo crear y escalar una marca nativa digital en 2024

Cómo crear y escalar una marca nativa digital en 2024 

El martes, 30 de abril de 2024

Pasar de ser desapercibido a valorado en millones Traemos un Orbita Live en el que veremos las claves para crear y escalar negocios digitales, uno de los entornos más cambiantes y que más tendencia...

Centro Europeo de Empresas e Innovación de Castellón (CEEI Castellón)

Agenda · Webinar

Inteligencia Artificial para startups

Inteligencia Artificial para startups 

El jueves, 25 de abril de 2024

¿Cómo decidir cuándo aplicar la Inteligencia Artificial y cuándo no? ¿Qué problemas se pueden resolver con IA? Te traemos un Orbita Live que resuelve estas dos cuestiones fundamentales, pero donde...

Centro Europeo de Empresas e Innovación de Castellón (CEEI Castellón)

Actualidad · Artículo

Impacto de la Ley de Registro Horario en las Empresas Españolas

Impacto de la Ley de Registro Horario en las Empresas... 

Cumplimiento y Tecnología

La introducción del Real Decreto Ley 8/2019, publicado el 12 de marzo de 2019 en el Boletín Oficial del Estado (BOE), marcó un cambio significativo en la forma en que las empresas en España gestionan...

Agenda · Jornadas

Tendencias Gastronómicas que marcarán el 2024

Tendencias Gastronómicas que marcarán el 2024 

El lunes, 29 de abril de 2024

Objetivo Este año , la gastronomía y el mundo hostelero se orientan hacia una serie de claves muy marcadas, basadas sobre todo en la búsqueda de un equilibrio entre la naturaleza, la sostenibilidad...

Cámara de Comercio de Alicante

Agenda · Cursos

Programa Pice 2024: Marketing y comunicación digital

Programa Pice 2024: Marketing y comunicación digital 

El miércoles, 24 de abril de 2024

Inscripciones hasta el 22 de abril

Curso dirigido a jóvenes, entre 16 y 29 años, y buscas empleo vamos a enseñarte las herramientas para diseñar y ejecutar un Plan de Marketing Digital para desarrollar y aplicar en las empresas con...

Lab_Nucía

Agenda · Cursos

Redes sociales y marketing agroalimentario en Cocentaina

Redes sociales y marketing agroalimentario en Cocentaina 

El martes, 23 de abril de 2024

Curso técnico de especialización

Curso técnico de especialización "Redes Sociales y Marketing Agroalimentario" PROGRAMA: Día 23/04/24  16: 00 a 17:00 h: INTRODUCCIÓN AL MARKETING AGROALIMENTARIO: tendencias actuales en el mercado...

Actualidad · Noticia

CEEI Valencia incubará 20 proyectos en la primera edición de ‘Incibe Emprende’

CEEI Valencia incubará 20 proyectos en la primera edición... 

Ha arrancado el programa de incubación al que se han presentado más de 60 ideas de negocio

Un total de veinte proyectos han dado este jueves el pistoletazo de salida a la primera edición de ‘INCIBE Emprende’, una iniciativa con la que el Centro Europeo de Empresas e Innovación de Valencia...

Centro Europeo de Empresas e Innovación de Valencia

Agenda · Jornadas

Jornada "Tributación del Alquiler Turístico y Vacacional"

Jornada "Tributación del Alquiler Turístico y Vacacional" 

El miércoles, 08 de mayo de 2024

D. Óscar García Sargues, Técnico de Hacienda. Jefe de Sección de IRPF de la Administración de Catarroja. Asociado de Honor 2018.

Información - Inscripción

Actualidad · Convocatoria

Convocatorias de propuestas LIFE 2024

Convocatorias de propuestas LIFE 2024 

financiación de 571 millones de euros

Abierta convocatorias de propuestas LIFE 2024 y queremos escuchar sus ideas para conservar la naturaleza, proteger el medio ambiente, tomar medidas climáticas y hacer la transición de Europa hacia la...

Agenda · Jornadas

Retención y engagement: métricas clave para hacer crecer tu start-up

Retención y engagement: métricas clave para hacer crecer tu... 

El jueves, 09 de mayo de 2024

Se verán y analizarán las diferentes métricas clave que deben tener los negocios

El control y la gestión de métricas es uno de los aspectos más importantes para hacer crecer una start-up. En esta sesión se verán y analizarán las diferentes métricas clave que debe de tener los...

PARQUE CIENTÍFICO DE LA UMH DE ELCHE

Gravamen especial sobre premios de loterías y apuestas

loterías
Asesoría en Valencia Afilco Asesores

Asesoría en Valencia Afilco Asesores

Publicado el viernes, 28 de diciembre de 2018 a las 08:31

Con efectos 01-01-2013, Ley 16/2012, de 27 de diciembre, sujetó al IRPF a través de un gravamen especial los premios de loterías y apuestas que se encontraban exentos, siendo gravados a partir de una cuantía de 2.500€, no obstante, este límite ha sido objeto de modificación por la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

Para este año y sucesivos el límite exento de tributación se ha visto aumentado desde los 10.000€ en 2018, alcanzando los 40.000€ en 2020.

Gravamen especial sobre determinados premios de loterías y apuestas

a) Sujeción al Gravamen

  • Están incluidos los premios de las loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) y por los órganos o entidades de las Comunidades Autónomas, así como de los sorteos organizados por la Cruz Roja Española y de las modalidades de juegos autorizadas a la Organización Nacional de Ciegos Españoles.

 

  • Se incluyen los premios de las loterías, apuestas y sorteos organizados por organismos públicos o entidades que ejerzan actividades de carácter social o asistencial sin ánimo de lucro establecidos en otros Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y que persigan objetivos idénticos a los de los organismos o entidades antes señaladas.

b) Premios exentos

Quedan exentos los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 40.000€. Los premios cuyo importe íntegro sea superior a 40.000€ se someterán a tributación respecto de la parte del mismo que exceda de dicho importe. No obstante, se establece un período transitorio hasta alcanzar dicho límite de 40.000€, que será de aplicación en el ejercicio 2018 y siguientes.

  • Régimen Transitorio (DT 35ª LIRPF)

La Ley de Presupuestos Generales del Estado ha añadido la DT 35ª LIRPF, regulando la cuantía exenta del gravamen especial sobre los premios percibidos en los ejercicios 2018 y 2019. En 2018, estarán exentos los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 10.000€. En el caso de que su importe íntegro sea superior a esa cifra, se someterán a tributación respecto de la parte del mismo que exceda de dicho importe.

En el ejercicio 2019, estarán exentos los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 20.000€mientras que para los ejercicios 2020 y posteriores, estarán exentos los premios de importe íntegro igual o inferior a 40.000€. Al igual que en el caso anterior, de ser el importe íntegro superior a esa cantidad, se someterán a tributación respecto de la parte del mismo que exceda de dicho importe. Para que se produzca la exención señalada la cuantía del décimo, fracción o cupón de lotería, o de la apuesta efectuada, debe ser al menos de 0,50 €. Si es inferior, la cuantía máxima exenta señalada se reducirá de forma proporcional.

En caso de que el premio fuera de titularidad compartida, la cuantía exenta se prorrateará entre los cotitulares en función de la cuota que les corresponda.

c) Base imponible

La base imponible estará formada por el importe del premio que exceda de 40.000€. Si el premio fuera en especie, la base imponible será aquella cuantía que, una vez minorada en el importe del ingreso a cuenta, arroje la parte del valor de mercado del premio que exceda de la cuantía de 40.000€. En el supuesto de que el premio fuera de titularidad compartida, la base imponible se prorrateará entre los cotitulares en función de la cuota que les corresponda.

d) Cuota íntegra

La cuota íntegra del gravamen será la resultante de aplicar a la base imponible el tipo del 20%. Dicha cuota se minorará en el importe de las retenciones o ingresos a cuenta practicadas sobre el premio.

e) Retención e ingreso a cuenta

Los premios descritos estarán sujetos a retención o ingreso a cuenta de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 99 y 105 LIRPF. El porcentaje de retención o ingreso a cuenta será el 20%. La base de retención o ingreso a cuenta vendrá determinada por el importe de la base imponible del gravamen especial.

f) Modo de exacción del gravamen y devengo

El Gravamen se exigirá de forma independiente respecto de cada décimo, fracción o cupón de lotería o apuesta premiado. Se devengará en el momento en el que se abone o satisfaga el premio, practicándose la retención que tendrá carácter liberatorio, es decir, que una vez practicada la retención del 20% el premio ya habrá tributado y no será necesario que el beneficiario del mismo lo incluya en su declaración de Renta.

g) Gestión del gravamen

Con carácter general, los contribuyentes del IRPF que obtengan los premios previstos en esta disposición no estarán obligados a presentar autoliquidación (declaración de impuestos y cálculo del importe a pagar) por este gravamen ya que, o bien el premio habrá sido de cuantía inferior al importe exento, o bien se habrá practicado la correspondiente retención o ingreso a cuenta por el organismo o entidad pagadora.

Estarán obligados a presentar una autoliquidación por este gravamen especial, determinando el importe de la deuda tributaria correspondiente, e ingresar su importe en el lugar, forma y plazos que establezca el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, cuando no se haya producido ninguna de las dos circunstancias mencionadas anteriormente, es decir, cuando no se haya soportado retención por el premio obtenido, como podría ser el caso de otros premios de similares características a los sometidos a este gravamen especial que hayan sido obtenidos por contribuyentes del IRPF en otros Estados de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.

¿Conocías estas novedades respecto al gravamen especial sobre loterías y apuestas? Para ayuda de un equipo profesional, ponte en contacto con nuestra Gestoría en Valencia.

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