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Actualidad · Noticia

Peritaje de WhatsApp en el Contexto de Fraude y Crimen Cibernético

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Importancia del análisis forense

En la era digital, el crimen cibernético y el fraude han encontrado un terreno fértil para proliferar, utilizando plataformas de comunicación como WhatsApp para coordinar y ejecutar actividades...

IP PERITOS JUDICIALES S.L.

Agenda · Webinar

Formación online sobre “SEO, Creación de Contenidos y Marketing de Contenidos”

Formación online sobre “SEO, Creación de Contenidos y... 

El martes, 14 de mayo de 2024

Cámara Oficial de Comercio de España en Bélgica y Luxemburgo

La Cámara Oficial de Comercio de España en Bélgica y Luxemburgo tiene el placer de invitarle a una formación online sobre "SEO, Creación de Contenidos y Marketing". El Marketing de Contenidos y la...

Cámara de comercio de Bélgica y Luxemburgo

Agenda · Jornadas

Taller práctico de liderazgo sostenible. Tu eres el motor del cambio.

Taller práctico de liderazgo sostenible. Tu eres el motor... 

El jueves, 09 de mayo de 2024

Podrás conocer de primera mano los requisitos legales que deben cumplir las empresas de menos de 50 trabajadores en materia de igualdad.     Dirigido A  A todas las pymes y autónomos que...

Cámara de Comercio de Alicante

Agenda · Jornadas

Gestión Inteligente del Estrés: Estrategias para el éxito y el bienestar

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El martes, 07 de mayo de 2024

Programa En este taller descubrirás las herramientas y los métodos para reducir el estrés en la actividad profesional o personal. Ganarás un nuevo estado de comodidad, productividad y eficiencia...

Cámara de Comercio de Alicante

Actualidad · Noticia

¿Cómo puedes utilizar la IA para mejorar tu empresa? Descúbrelo en el evento online Focus Pyme CREAMA Talento Digital

¿Cómo puedes utilizar la IA para mejorar tu empresa?... 

Estas jornadas contarán con profesionales que trabajan con IA como ponentes

El CEEI Elche, CREAMA y el Ayuntamiento de Xàbia organizan "Impulsando el Éxito de una Startup con Inteligencia Artificial", un evento online que se celebrará los días 15, 22 y 29 de mayo, en...

Centro Europeo de Empresas e Innovación de Elche (CEEI - Elche)

Actualidad · Noticia

La séptima edición del programa Órbita vuelve a atraer el interés de numerosas startups

La séptima edición del programa Órbita vuelve a atraer el... 

Plazo abierto hasta el 3 de mayo, y se ofrece formación, mentorización, acceso al club de inversores Órbita y 100.000 € en premios a las mejores inici

Decenas de startups y pequeñas empresas de la provincia de Castellón se han interesado ya para participar en esta edición del programa Órbita, impulsado por el Centro Europeo de Empresas e Innovación...

Centro Europeo de Empresas e Innovación de Castellón (CEEI Castellón)

Agenda · Cursos

Cursos para trabajadores y autónomos del sector Dependencia

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El miércoles, 01 de mayo de 2024

Cursos gratuitos en modalidad online o presencial

¡Próximamente! Formaciones en modalidad online o presencial para autónomos o trabajadores del sector Dependencia en la Comunidad Valenciana. Aplicación de la ley de la dependencia Apoyo...

EUROFORMAC

Agenda · Cursos

Cursos para trabajadores y autónomos del sector Construcción

Cursos para trabajadores y autónomos del sector Construcción 

El miércoles, 01 de mayo de 2024

Cursos gratuitos en modalidad online o presencial

¡Próximamente! Formaciones en modalidad online o presencial para autónomos o trabajadores del sector Construcción en la Comunidad Valenciana. Accesibilidad en edificios existentes de tipología...

EUROFORMAC

Actualidad · Convocatoria

Premios Regiostars 2024

Premios Regiostars 2024 

La fecha límite para las solicitudes es el 31 de mayo

¿Listo para ser una estrella de la política regional? El concurso REGIOSTARS 2024 está abierto a la presentación de solicitudes hasta el 31 de mayo. Este año, puede presentar su solicitud en cinco...

Actualidad · Noticia

Emprendimiento en las Aulas: Actividades Esenciales para Colegios

Emprendimiento en las Aulas: Actividades Esenciales para... 

Descubre cómo los colegios pueden ser incubadoras de futuros emprendedores con actividades que van desde el juego hasta el aprendizaje práctico.

 ¡Prepara a tus estudiantes para convertirse en los innovadores del mañana! En un mundo que cambia rápidamente, los colegios tienen un papel fundamental en la preparación de los estudiantes no solo...

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Actualidad · Noticia

El Colegio Salesiano San José Artesano finalista de los Premios de Innovación Educativa por el Proyecto BIKreando

El Colegio Salesiano San José Artesano finalista de los... 

Iniciativa impulsada por CEEI Elche y Salesianos y financiada por la Excma. Diputación de Alicante

El Colegio Salesiano San José Artesano ha sido seleccionado por el Proyecto BIKreando com uno de los finalistas de los Premios de Innovación Educativa que promueve la Fundación Trébol, en la...

Centro Europeo de Empresas e Innovación de Elche (CEEI - Elche)

Actualidad · Convocatoria

Convocatorias por valor de más de 112 millones de euros del programa de trabajo Horizonte Europa Digital, Industria y Espacio

Convocatorias por valor de más de 112 millones de euros del... 

Inteligencia artificial y tecnologías cuánticas

La Comisión Europea ha anunciado el lanzamiento de nuevas convocatorias Horizonte Europa, con un importante fondo de financiación de más de 112 millones de euros . Estas convocatorias están dirigidas...

Como ha quedado lo de los arrendamientos

Arrendamiento

Con motivo de la crisis sanitaria a causa del COVID-19

Vicente Carbonell Pastor

Vicente Carbonell Pastor

Publicado el viernes, 08 de mayo de 2020 a las 12:22

Empezaré por el final. El pasado día 22, se publicaba en el BOE, el Real Decreto‐ley  (RDL) 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía  y  el  empleo,  que  –entre  otros  asuntos‐  vino  en  regular  la  situación  provisional  de  los  arrendamientos urbanos de uso distinto al de vivienda, es decir, entre otros, de los locales y  naves  (por  ejemplo)  como  consecuencia  del  Estado  de  Alarma.  Respecto  de  los  arrendamientos de viviendas de carácter urbano y reguladas por la Lay de Arrendamientos  Urbanos de 1994 (LAU),  ya había habido intervención en el RDL 11/2020, de 31 de marzo (BOE  del 1 de abril). Los arrendamientos que quedan fuera del alcance de estas medidas, son los  excluidos en la citada LAU, entre otros el de finca con casa‐habitación con aprovechamiento  agrícola, y los de las viviendas universitarias oficiales, y turísticas sectorizadas. 

Y para aclarar la situación arrendaticia, habremos de fijarnos primero en el arrendador,  de manera que, tanto si es un arrendamiento de vivienda como si es de un local o nave, los  RDL determinan una consecuencia distinta si el arrendador es considerado gran tenedor, que  quedan definidos como “la persona física o jurídica que sea titular de más de diez inmuebles  urbanos, excluyendo garajes y trasteros, o una superficie construida de más de 1.500 m2”. De  modo que si lo es, en caso de arrendamiento de vivienda, habrá de otorgar al arrendatario que  se  encuentre  en  situación  de  vulnerabilidad,  o  bien  una  reducción  del  50%  de  la  renta  arrendaticia durante el tiempo que dure el estado de alarma; o bien una moratoria en el pago  de la renta arrendaticia que se aplicará de manera automática y que afectará al periodo de  tiempo  que  dure  el  estado  de  alarma  decretado  por  el  Gobierno  y  a  las  mensualidades  siguientes, prorrogables una a una, si aquel plazo fuera insuficiente en relación con la situación  de vulnerabilidad provocada a causa del COVID‐19, sin que puedan superarse, en ningún caso,  los cuatro meses. En el caso de arrendamiento de local o nave, el arrendador gran tenedor  habrá de aceptar una moratoria en el pago de la renta arrendaticia señalada en el apartado  primero de este artículo se aplicará de manera automática y afectará al periodo de tiempo que  dure el estado de alarma y sus prórrogas y a las mensualidades siguientes, prorrogables una a  una, si aquel plazo fuera insuficiente en relación con el impacto provocado por el COVID‐19, sin  que  puedan  superarse,  en  ningún  caso,  los  cuatro  meses,  si  el  arrendatario  reúne  las  condiciones que luego se dirán de Autónomos y Pymes. 

Tanto en caso en vivienda como de locales o naves, la ventaja que se proporciona ha  de ser solicitada por el arrendatario en el plazo establecido desde cada RDL, de tres meses en  caso de vivienda y de uno en caso de local o nave. Y me permito llamar la atención sobre el  hecho de que en la definición de “gran tenedor”, al referirse a diez inmuebles (excluidos  garajes y trasteros), no exige que éstos estén arrendados o no ocupados, lo que significa que  no es muy difícil reunir ese número de inmuebles, por ejemplo, bajo la titularidad de un  antecedente fallecido junto con los propios de la familia heredera. 
En cuanto al supuesto de arrendamientos de arrendadores no considerados grandes  tenedores, si lo es de vivienda y habría vencido el arrendamiento durante el Estado de Alarma,  se  establece  que  se  habrá  de  otorgar  previa  solicitud  del  arrendatario,  una  prórroga  extraordinaria del plazo del contrato de arrendamiento por un periodo máximo de seis meses. 

Si se trata de arrendamiento de local o nave, podrá otorgar el aplazamiento temporal y  extraordinario en el pago de la renta siempre que dicho aplazamiento o una rebaja de la renta  no se hubiera acordado por ambas partes con carácter voluntario, siempre que el arrendatario  solicitante,  reúna  la  condición  de  Autónomo  o  Pyme,  bajo  las  siguientes  circunstancias  comunes: i) que el inmueble esté afecto a la actividad económica, ii) que en la fecha de la  declaración del estado de alarma, la actividad haya quedado suspendida como consecuencia  del Estado de Alarma, y iii) en el supuesto de que su actividad no se vea directamente  suspendida en virtud de lo previsto en el Estado de Alarma, se deberá acreditar la reducción de  su facturación del mes natural anterior al que se solicita el aplazamiento en, al menos, un 75  por ciento, en relación con la facturación media mensual del trimestre al que pertenece dicho  mes referido al año anterior. El Autónomo debe acreditar su alta en el momento de la  declaración del estado de Alarma y la Pyme no debe superar el límite para formular balance y  estado  de  cambios  en  el  patrimonio  neto  abreviados.  Requisitos  estos  que,  en  caso  de  arrendador gran tenedor, obligan a la moratoria solicitada. 

Insisto, en todo caso, la ventaja que se proporciona a los arrendatarios por los RDL ha de ser solicitada por estos en el plazo establecido desde cada RDL, de tres meses en caso de vivienda y de uno en caso de local o nave. Y recomiendo, que habida cuenta del colapso previsible de Juzgados, cuando se atisbe una dificultad en el pago de la renta, partes alcancen un acuerdo temporal (por escrito para su alegación fiscal), en evitación de un tedioso conflicto que puede eternizarse en el tiempo sin satisfacción asegurada. Máxime cuando ha quedado en el aire la interpretación alternativa de encontrarnos ante una causa de “fuerza mayor” que impide el cumplimiento de las obligaciones, pero que podría ser alegada en caso de controversia.

                Dicha cláusula doctrinal podría invocarse por los arrendatarios alegano que la situación de imposibilidad de pago y en general, el corriente cumplimiento de una obligación se encontraría afectado por la fuerza mayor equiparable a la imprevisibilidad que recoge el artículo 1.105 del Código Civil para exonerar de responsabilidad diciendo que: Fuera de los casos expresamente mencionados en la ley, y de los en que así lo declare la obligación, nadie responderá de aquellos sucesos que no hubieran podido preverse, o que, previstos, fueran inevitables. La jurisprudencia del Tribunal Supremo tiene declarado que la cláusula es únicamente aplicable a los contratos a largo plazo o de tracto sucesivo y de ejecución diferida y que sólo opera en los casos de una alteración extraordinaria o una desproporción, fuera de todo cálculo, entre las pretensiones de las partes contratantes, que verdaderamente derrumban el contrato como consecuencia de la sobrevivencia de circunstancias radicalmente imprevisibles.

Precisamente en reciente Sentencia del citado Tribunal Supremo –no exenta de polémica- de 6 de marzo pasado, por lo tanto publicada en plena crisis del Estado de Alarma, vino en originar la explicación contenida  que la Exposición de Motivos del RDL 15/2020, de 21 de abril recoge, aclarándose posteriormente por el propio Tribunal en concepto de larga duración de los contratos, fijándolos en aquellos cuya duración supera el año.             De aquí que mi recomendación. Pacten las partes estos meses de crisis y eviten la confrontación e interpretación que puede ser aventurada.

En Ibi, abril de 2020. Vicente Carbonell. Abogado

 

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