Programa Único Sectorial 2022 5G
un total de 90,7 millones de euros del Ministerio de asuntos económicos y transformación digital.
Hasta el jueves, 08 de septiembre de 2022 a las 23:59
Con el impulso de esta tecnología se persigue transformar la industria, inmersa ya en su cuarta revolución, para facilitar la implantación de aplicaciones como las de la movilidad conectada, la salud digital, el turismo inteligente o un sector agroalimentario digital.
Objeto:
concesión de ayudas para el desarrollo de proyectos tractores de digitalización sectorial en actividades económicas clave a través de la tecnología 5G, así como el desarrollo de prototipo de servicios basados en 5G.
La concesión de estas ayudas, será en régimen de concurrencia competitiva, para que todas las empresas u organismos que cumplan con los requisitos exigidos puedan presentar sus solicitudes.
Beneficiarios:
a. Empresas.
b. Organismos de investigación y de difusión de conocimientos.
Los proyectos subvencionados deberán contar con un presupuesto de entre 3 y 15 millones de euros y podrán ser desarrollados de manera individual o en cooperación por parte de varias entidades.
Requisitos:
se entenderá que una empresa tiene capacidad suficiente para abordar el proyecto o conjunto de proyectos subvencionables si al menos cumple con alguno de los cuatro criterios siguientes:
a. El volumen anual de negocio de la entidad solicitante, referido al último ejercicio cerrado deberá ser igual o mayor que el 50% del presupuesto total del proyecto o conjunto de proyectos.
b. Los fondos propios de la entidad solicitante en el último ejercicio cerrado deberán ser iguales o mayores que el 50% del presupuesto total del proyecto o conjunto de proyectos.
c. El volumen de negocio medio de los tres últimos ejercicios cerrados deberá ser mayor o igual que el 50% del presupuesto total del proyecto o conjunto de proyectos.
d. Aportando el resguardo de una garantía depositada en la Caja General de Depósitos por el 50% de la ayuda total solicitada. Dicha garantía responderá de la aceptación de la ayuda en caso de concederse, siendo independiente de la que se constituya como garantía del pago anticipado. Su liberación se practicará de oficio si no se concede ayuda o, en caso de concederse, cuando se constituya la garantía del pago anticipado.
Modalidad de la ayuda:
- subvención.
- Las convocatorias establecerán las características de la subvención, así como los créditos presupuestarios con cargo a los cuales se financiarán.
- Las ayudas podrán tener carácter anual o plurianual, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria. Este carácter y su duración quedará fijado en cada convocatoria.
Plazos:
CONTENIDO ADJUNTO
Fuente original del contenido:
https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/asuntos-economicos/Paginas/2022/180822_ayudas-unico-5g.aspx
25/08/2022 14:15 | Delgado