Ayudas para mejorar la competitividad y sostenibilidad industrial CV
Información complementaria
martes, 28 de marzo de 2023
2. GASTOS SUBVENCIONABLES
2.1. Tendrán la consideración de gastos subvencionables los que satisfagan lo establecido el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que hayan sido efectivamente pagados entre el 1 de enero de 2023 y el 7 de noviembre de 2023, y se encuadren en alguna de las categorías previstas en el apartado 1 y 2 del resuelvo séptimo de la Resolución de convocatoria.
2.2. Son reglas aplicables a los conceptos de gasto subvencionable las enumeradas en el apartado 3 del resuelvo séptimo de la Resolución de convocatoria.
2.3. La justificación a la empresa auditora de los gastos subvencionables se hará en los términos del apartado 3 y 4del resuelvo séptimo de la Resolución de convocatoria.
28/03/2023 08:58 | AdmonAlcoi